Ecuador acaba de aprobar, mediante su Asamblea Nacional, un cuerpo legal (Código Orgánico Integral Penal), que contiene un artículo que reglamentaría el cultivo sin fines de comercialización. Esto días después de la decisión Uruguaya de legalizar el cannabis.
Al parecer el país ha arriesgado su carta por el restablecimiento de los derechos humanos, una línea clave para la constitucionalidad y un abandono a la fracasada lucha contra las drogas. Esto además da un síntoma de unión del bloque latinoamericano, destinado hacia el abandono de las políticas impositivas, injerencias internacionales y manejo erróneo de un problema.
"Articulo 222.- Siembra o cultivo
La persona que siembre, cultive o coseche plantas para extraer sustancias que por si mismas o por cuyos principios activos van a ser utilizadas en la producción de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, CON FINES DE COMERCIALIZACIÓN, sera sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años."
Cientos de estudios científicos avalan hoy los beneficios de la marihuana, además se sigue usando tradicionalmente. Los usos ocasionales, habituales y problemáticos son un tema a debatir a la luz de la razón, la ciencia y los conoceres diversos, en donde la interculturalidad jugará un papel importante en el devenir de nuestra sociedad. En todo caso estamos dejando la represión, en este tema, para el pasado.
La ley 108, actual ley de sustancias estupefacientes y psicotrópicas viola derechos humanos, tiene dos demandas de inconstitucionalidad y ha conseguido penalizar, erróneamente, a usuarios y consumidores, dejando en la impunidad a los líderes del narcotráfico y el crimen organizado.
Habrán voces desfavorables a esta medida, creerán que es un botín político, un método de chantaje o un error político. Esas personas ignorarán por completo el trabajo de la sociedad civil organizada, de las propuestas razonables y la lucha de estos 6 últimos años. Pero habremos quienes sonreiremos por tener la oportunidad de ver a nuestras plantas cada vez más libres.
¿Qué? ¿Quién? ¿Dónde? ¿Cuándo? ¿Cuánto? ¿Cómo? Está por definirse, mietras tanto NOSOTROS NO TENDRÍAMOS MÁS DE UNA PLANTA EN CASA ;)
Texto completo del CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL.
Fuentes:
Asamblea Nacional del Ecuador.
La Televisión - YouTube.
Texto completo del CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL.
Fuentes:
Asamblea Nacional del Ecuador.
La Televisión - YouTube.
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