¡BIENVENIDOS Y BIENVENIDAS!


Bienvenidos a www.ECUADORCANNABICO.blogspot.com, de hoy en adelante ésta será tu página de información pro-legalización de esta mítica planta y todos sus derivados medicinales, recreacionales, de uso espiritual e industrial.

Aquí encontraremos, difundiremos e intercambiaremos material escrito y audiovisual, así como propuestas de acción para la consecución de objetivos científicos, ideológicos, culturales y políticos que contribuyan al proceso de legalización y despenalización de "María".

Dejamos totalmente claro que nuestro pensamiento no va dirigido al apoyo del comercio (legal o ilegal) y/o narcotráfico de este y otros enteógenos naturales, más bien estamos interesados en la difusión de la información para el cultivo autogestionado para uso y consumo curativo, lúdico, ritual y mental del cultivador como de sus personas cercanas.

Construyamos juntos un porvenir libre para un recurso natural que debe ser un derecho de la humanidad, y localicemos nuestra lucha en estas latitudes, tomando el ejemplo de tantos otros lugares donde se ha conseguido que la siembra, el cultivo y consumo de cannabis sea legítimo para tod*s.

Ecuador Cannabico, información libre desde: Martes, 1 de Diciembre de 2009.

martes, 2 de junio de 2020

Boletín de Prensa: NO MÁS CRIMINALIZACIÓN DE INOCENTES

Quito, 1 de junio del 2020

Invitación a Rueda de Prensa

NO MÁS CRIMINALIZACIÓN DE INOCENTES




Varias agrupaciones del Ecuador, entre: organizaciones cannábicas, organizaciones de investigación, asociaciones y cooperativas de la economía popular y solidaria, activistas y otras ONGS del país, invitan a una rueda de prensa el miércoles 3 de Junio a las 10h30, a través de la plataforma Zoom, que tendrá vocerías de Guayaquil y Quito. Esta actividad se realiza debido a la criminalización de personas inocentes dentro del Proyecto de la Ley Orgánica contra el Consumo y Microtráfico de Drogas, ya que de aprobarse existiría una regresión de derechos fundamentales.


Antecedentes:

Esta semana la Asamblea Nacional se encuentra debatiendo y se dispone a aprobar en segundo y definitivo debate el proyecto de Ley Orgánica contra el Consumo y Microtráfico de Drogas, tramitado por la Comisión Especializada de Gobiernos Autónomos, Descentralización, Competencias y Organización Territorial. Este proyecto tiene un trasfondo gravemente violatorio a los derechos humanos, dado que su forma como su contenido entrañan una verdadero proyecto de ley penal, cuyo eje central es la abierta privación de la libertad de personas inocentes, transgrediendo no sólo el programa de derechos previstos en la integralidad de la Constitución de la República, sino también los principios universales prescritos en los instrumentos de derechos humanos.

Este Proyecto de Ley no desarrolla metodologías contra el  microtráfico, una expresión que en el lenguaje policial o mediático alude a los tipos penales de tráfico a mínima y mediana escala establecidos en el Código Orgánico Integral Penal (Art. 220). Por el contrario, penaliza el uso o consumo de sustancias sujetas a fiscalización en el espacio público, dando competencias a los municipios, convirtiéndolos en sucursales de la policía antinarcóticos. Con ello, el proyecto busca criminalizar a personas y grupos humanos de usuarios que nada tienen que ver con cualquiera de las formas de tráfico ilícito de drogas, es decir, reprimir a quienes jurídica y legalmente son inocentes.  

Adicionalmente, el proyecto considera la simple posesión o uso de drogas como delito flagrante, definiendo a un hecho cuya realidad no puede ser concebida anticipadamente por ley. Con ello, el proyecto pretende burlar las recientes reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP), especialmente en cuanto a la exigencia de comprobar el dolo dentro de la posesión como tráfico, es decir, de establecer la intención o finalidad de comerciar drogas de uso ilícito y no simplemente asumir como delito la mera posesión. En este sentido, el proyecto viola además el reciente dictamen No. 7-17-CN/19 del 02 de abril de 2019 esgrimido por la Corte Constitucional, en el cual se exige nuevamente al Estado (policía/fiscalía) la indagación y prueba del tráfico detrás de cualquier posesión de drogas. Ambos lineamientos no hacen más que sintonizarse con el artículo 3 de la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas de 1988, que exige la comprobación de actividades de comercio o tráfico detrás de cualquier posesión.

El Proyecto de Ley busca además intervenir en el sistema de educación pública, tanto básica como superior. De esta forma, se exige que la cartera de educación establezca un plan de acción contra el tráfico de drogas, lo que en la práctica conlleva a invadir y deformar las competencias de docentes del magisterio al convertirlos en posibles agentes policiales coadyuvantes de la persecución penal, una atribución que por ley les corresponde únicamente a las agencias de seguridad bajo mando de la Fiscalía General del Estado, es decir, a los órganos que pertenecen al sistema penal y no al sistema de educación pública del Ecuador. Más grave aún es la propuesta de vigilancia y monitoreo (en audio, imagen o video) sobre los establecimientos educativos, entrometiéndose en la esfera individual, la intimidad y los derechos de niñas, niños y adolescentes en nombre de la lucha contra las drogas, imágenes que en malas manos podrían ser utilizadas y/o vendidas a terceras personas para fines bajos e ilícitos.

Este Proyecto de Ley descalifica a las personas como adictas, sometiéndolas a selectivos programas de rehabilitación mental que tampoco descartan la internación por parte de los sistemas de salud municipalizados. Se están desconociendo los informes, debates y derechos que resaltan a nivel mundial que ningún usuario de drogas debe ser concebido como una persona enferma o adicta. También plantea la deportación de extranjeros aún por debajo del límite exigido de cinco años de privación de la libertad como condena. Bastaría con recibir seis meses o un año de pena para ser expulsado, una clara manifestación que confunde componentes nacionalistas con discriminatorios, violando la prohibición de discriminación prevista en el artículo 11.2 de la Constitución de la República.


Por todo lo descrito anteriormente, las organizaciones y sociedad civil ecuatoriana exigen:

·       Que mientras se prosigue con el debate de este Proyecto de Ley dentro de la Asamblea Nacional se SUSPENDA su tramitación y CORRIJA el procedimiento, puesto que nada tiene que ver con un proyecto de reforma administrativa o municipal. Al contrario, se trata de una reforma estrictamente penal, que priva de la libertad y castiga a personas inocentes. En última instancia, este proyecto debió corresponder a la Comisión Especializada de Justicia y Estructura del Estado, por ende, aprobarlo como está no haría más que legitimar un procedimiento viciado.

·       Que ESCUCHEN argumentos, estudios, investigaciones y posiciones como un legítimo ejercicio de democracia participativa y respeto al procedimiento legislativo dentro de nuestro Estado Constitucional de Derechos. En este sentido, solicitamos una vez más SER RECIBIDOS en la Asamblea Nacional. Sólo se ha escuchado versiones sesgadas, negacionistas y tremendamente contrarias al espíritu de los derechos humanos.


Por todo lo comentado anteriormente, se apela a la sensibilidad, sensatez y coherencia de las y los Asambleístas del Ecuador quienes deben legislar acorde a la Constitución de la República, las leyes del país y los instrumentos internacionales de derechos humanos.


Para entrevistas y contacto de medios por favor llamar a las siguientes vocerías:

Quito:
Verónica Solar.
Andrés Moreno.
Gabriel Buitrón.
 
Guayaquil:
Diana Maldonado.
Carlos Armas.