Un año más, una marcha más, ojalá la última por nuestros motivos. Como
ciudadanos y ciudadanas presentamos el presente
MANIFIESTO PÚBLICO POR
UNA NORMATIVA JUSTA Y APEGADA A LA VERACIDAD CIENTÍFICA, POR LA NO
CRIMINALIZACIÓN DE LOS USUARIOS Y LIBERACIÓN DE NUESTROS PRESOS.
El Pacto social vigente, expresado en la Constitución de 2008, nos garantiza la
participación, la expresión, la organización, pero antes que nada la no
criminalización (Art. 364). Además, que una vez aprobado aprobado el nuevo
Código Orgánico Integral Penal en el Registro Oficial, Suplemento No. 180 del 10
de Febrero de 2014, se deroga la Ley de Sustancias Estupefacientes y
Psicotrópicas (Ley 108), en lo que tiene que ver a distintos tipos penales
relacionados a la Siembra, Cultivo, Cosecha, Uso y Consumo de Sustancias
Sujetas a Fiscalización. Por o cual es necesario que el Estado busque un trabajo
conjunto con la sociedad civil organizada, que derive en las soluciones oportunas
a la violencia del narcotráfico, al consumo problemático, pero sobre todo a la
desinformación.
Por tanto amparados en estos derechos solicitamos:
A) Una normativa, derivada del nuevo COIP, justa y apegada a la veracidad
científica.
Responsabilidad del Consejo Nacional de Sustancias Estupefacientes y
psicotrópicas, organismo del Estado que está destinado, según el Código
Orgánico Integral Penal, a regular la autorización y requisitos para la
producción (Art. 219), la tenencia o posesión para uso y consumo
personal (Art. 220), la justificación de prescripción médica (Art. 224), el
catálogo de sustancias sujetas a fiscalización (Art. 227), y la cantidad
admisible de tenencia o posesión para uso o consumo personal (Art. 228).
Este reglamento debe ser coherente con el artículo 364 de nuestra
constitución, además de todos los artículos citados del nuevo COIP, que
determine las dosis máximas de consumo, los umbrales de
autoabastecimiento, el acceso a derivados medicinales, pero también
formas alternativas de producción y distribución que, a su vez, le quiten
parte de su financiamiento al crimen organizado.
El CONSEP al ser un Consejo, además, es el responsable de escuchar las
propuestas de la sociedad civil organizada y de su trabajo conjunto, para
la elaboración de una política pública más adecuada a la realidad de
nuestro país. Demostrando así que nosotros también, ciudadanía
propositiva, somos responsables del trabajo mancomunado para una
DESPENALZACIÓN Y ACEPATACIÓN SOCIAL, que nos ayude a llegar a un
estado de convivencia más armoniosa y una sinergia cultural con el resto
de la sociedad.
B) La no criminalización de los autocultivadores y usuarios.
Responsabilidad de la Fiscalía General del Estado quién, a cumplimiento
estricto de la hoy derogada Ley de Sustancias Estupefacientes y
Psicotrópicas, acusaba ciegamente, desde la institucionalidad, a los
autocultivadores y usuarios bajo los mismos principios legales y penales
que criminalizaban a los traficantes de gran escala. Con esto se negaba la
posibilidad de una defensa legal más crítica hacia los problemas reales,
criminalizando así a los eslabones más débiles, ignorantes e indefensos
de la cadena del narcotráfico.
Esta responsabilidad debe ser hoy acatar el nuevo Código Orgánico
Integral Penal, brindando la oportunidad de una mejor dirección, en sus
esfuerzos y los de la Policía Nacional, para la lucha contra los grandes
capitales financieros del crimen organizado, garantizando además los
derechos civiles y ciudadanos hoy consagrados en los Instrumentos
Internacionales, El COIP y sus pertinentes normativas.
C) Liberación inmediata de las y los injustamente privados de libertad.
Responsabilidad INMEDIATA del Ministerio de Justicia, Derechos
Humanos y Cultos, la Corte Constitucional y el Consejo de la Judicatura,
que por coherencia con los instrumentos internacionales (Declaración
Universal de los Derechos Humanos, Art. 11:2; Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos, Art. 15:1), con nuestra vigente Constitución
(Art. 76:5) y con el mismo COIP (Art. 16:2; 5:2), deben brindar prioridad
al mundialmente conocido PRINCIPIO DE FAVORABILIDAD o Aplicación
de la Ley Posterior más Benigna, que es de inmediata aplicación a partir
de la publicación de cualquier normativa legal.
Esto garantizaría que muchos de los injustamente privados de libertad,
por una derogada Ley 108, hoy sean liberados en aras a una mejor
sociedad encaminada hacia el Buen Vivir, para lo cual es necesario
también un sistema de contención adecuado y seguro, el mismo que
también forma parte de nuestras propuestas.
Actualmente el 25,15% de los presos en nuestro país, es decir, 5283
personas se encuentran detenidas por nuestra incapacidad de superar
ésta lógica de sumisión (MJDHC 2013). Para 2010 entre el 75% y el 85%
de las mujeres detenidas en el Ecuador estaban tras las rejas acusadas por
delitos relacionados a “drogas” (INFORME WOLA: 2010).
Responsabilidad que también ha sido asumida por la Defensoría Pública
del Ecuador hace más de una año, y qué, a favor de los injustamente
presos ha trabajado incansablemente para que podamos llevar un ritmo
progresista en la nueva normativa penal, en los asuntos relacionados a
sustancias, pero procurando ayudar en todos los aspectos recurrentes en
derechos.
Nuestra propuesta concreta, una vez que se identifica a las personas que han sido víctimas de la “guerra contra las drogas”, se plantea su inclusión social mediante
un ciclo productivo que comprende 4 eslabones:
-
Investigación Científica y Social para generar nuevo conocimiento que nos permita, basados en nuestra propia capacidad de entender la realidad, construir nuevas formas de relación y de producción.
-
Asociación de los individuos en Comunidades Populares de Producción, de Investigación, de Educación, etc. Bajo los principios de la Economía Popular, Social y Solidaria.
-
Generación de Valor Agregado (Industria Nacionales Comunitarias), basadas en la producción de las comunidades asociadas se generará valor agregado a la producción, logrando así nuevas dinámicas de relación.
-
Distribución, la producción de las Industrias Nacionales Comunitarias, al estar compuesta de productos estratégicos ligados a esta nueva política de producción serán prioridad para los Sistemas de Gestión Pública.
Este ciclo productivo autosustentable, que podría comenzar con la producción de
cáñamo, puede ser aplicado a cualquiera de las áreas de la producción en nuestro
país, así mismo puede ser garante integral de nuestra construcción de soberanía
y Buen Vivir, no solo porque reconoce la opresión de la que injustamente han
sido víctimas miles de personas, sino que le ofrece a nuestra sociedad una
posibilidad cierta de cambiar su matriz productiva, generando dinámicas de
justicia social.
El autocultivo no es un crimen, el COIP ya nos lo garantiza en el Art. 222, según el
cuál solo se penalizará a quién comercialice sus plantas. El movimiento
cannábico debe madurar aún más, ir hacia un modelo asociativo que nos permita
regular nuestro autoabastecimiento de cannabis, y que además nos brinde las
seguridades de no ser vulnerables, sino más bien transparentes con los
organismos de control en sustancias y salud pública (CONSEP, MSP).
Por la libertad de María.
FEDERACIÓN DE DEFENSORES DEL USO DEL CÁÑAMO
Pata Caliente Radio
Monstruo de la Marihuana
Kiosko de la Abundancia
Siembra y Cosecha
Los Nietos de María Sativa
Defensores Procáñamo
Organización Diabluma
y
Ecuador Cannábico.
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